sábado, 8 de octubre de 2022

Titularidad Compartida: un paso más hacia la igualdad en el sector agrario

1.- Política pública elegida

Si en las ciudades son muchas las situaciones de desigualdad que existen, en el medio rural podemos decir que estas son todavía más acusadas. Particularmente, en las explotaciones agrarias familiares, las mujeres comparten el trabajo con los hombres y asumen buena parte de las tareas, pero, en la mayoría de los casos, solo el hombre figura como titular de la explotación. Esto hace que la mujer no participe, en condiciones de igualdad, en los derechos y obligaciones que derivan de la gestión de dicha explotación y que su trabajo no sea visible.

Con el fin de paliar esta situación y fomentar una igualdad más real y efectiva entre mujeres y hombres en el mundo rural y más concretamente en el sector agrario, surge la figura jurídica de la titularidad compartida que recoge la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias.

Ya el artº 30 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, reclamaba esta figura jurídica para que se reconociesen plenamente los derechos de las mujeres en el ámbito agrario, la correspondiente protección de la Seguridad Social y el reconocimiento de su trabajo.

Se trata, por tanto, de una Ley de ámbito nacional, de carácter social y económico, que se enmarca dentro de las políticas de igualdad y desarrollo sostenible desarrolladas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, pero que implica también la participación de otros Ministerios, como el de Hacienda, Justicia o Seguridad Social, así como de las Comunidades Autónomas.

2.- Análisis de la política elegida

Cada vez somos más conscientes de que los estereotipos y los roles de género producen importantes desigualdades. En el medio rural, la preferencia de los hombres a la titularidad de las explotaciones agrarias, la conocida brecha salarial, la asignación exclusiva a las mujeres de las tareas domésticas y de cuidados de hijos y familiares son algunos ejemplos de la desigualdad de género existente.

Así, la figura de la titularidad compartida que introdujo Ley 35/2011, de 4 de octubre, supone un impulso para cambiar las estructuras agrarias y hacer posible que las mujeres, en el ámbito rural, disfruten de una igualdad de derechos efectiva respecto de los hombres, profesionalizando y dando visibilidad a su actividad en el sector agrario, aumentando su participación en las organizaciones agrarias, mejorando su calidad de vida y reconociendo sus derechos económicos y jurídicos.

Y es que la titularidad compartida permite a la mujer participar en la gestión y representación de la explotación en términos de igualdad con su cónyuge o pareja, disfrutar de los derechos económicos de la explotación ya que los beneficios y ayudas se reparten al 50% entre los titulares y adquirir independencia y autonomía personal y económica, así como un mayor reconocimiento social.

En cuanto al papel de la mujer en las decisiones y relaciones de poder con respecto a esta Ley, hay que señalar que está siendo de gran ayuda la participación de asociaciones y entidades representantes de mujeres rurales de ámbito nacional y el testimonio de mujeres o parejas que ya se han acogido a esta modalidad de organización agraria para llevar a cabo tareas de sensibilización y difusión sobre la importancia y los beneficios de acogerse a esta figura.

3.- Impacto y resultados que ha tenido o tiene esa política pública

Tradicionalmente, el papel de la mujer en el medio rural, y particularmente en el sector agrario, ha sido el de colaboración con su cónyuge o pareja en la explotación familiar sin una remuneración a cambio. Fue a partir de 2012, con la entrada en vigor de esta Ley, cuando comenzaron a reconocerse los derechos sociales y económicos de ambos cónyuges o titulares de explotaciones agrarias porque hasta entonces entraban a formar parte de lo que se conoce como figura de ayuda familiar.

A pesar de que esta Ley ha tenido un impacto más moderado de lo que se esperaba en el momento de su promulgación, el número de explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Titularidad Compartida (RETICOM) crece y, actualmente, son 1048 las explotaciones dadas de alta bajo esta figura.

Las ventajas y beneficios con los que cuentan, tanto las explotaciones registradas como las personas titulares de las mismas, son numerosas y están relacionadas en mayor medida con deducciones en las cuotas de Seguridad Social, un trato prioritario en el acceso a ayudas y subvenciones o unas condiciones más favorables para que la explotación sea considerada como prioritaria.

Además, hay diversas ayudas y subvenciones para facilitar el acceso a la titularidad compartida según la Comunidad Autónoma, como el futuro Estatuto de la Mujer Rural de Castilla-La Mancha, región que junto a Castilla y León albergan el 80% de los registros de mujeres en titularidad compartida.

4. Los puntos fuertes y debilidades de esta política pública

Como señalaba anteriormente, y aunque en la actualidad el número de registros de las explotaciones agrarias en régimen de titularidad compartida es inferior al que se estimaba que podría producirse, considero que dicha figura ha podido servir (y seguirá haciéndolo) como factor de crecimiento del empleo femenino en el sector agrario.

Su objetivo es ir más allá de una regulación de efectos administrativos, puesto que se trata de promover una acción positiva que logre dar visibilidad a las mujeres y que éstas puedan ejercer y disfrutar de todos los derechos derivados de su trabajo en las explotaciones agrícolas en términos de igualdad con respecto a los hombres, favoreciendo la asunción de decisiones gerenciales y de los riesgos y responsabilidades derivados de aquéllas.

No obstante, está claro que, ante la lenta respuesta que se está obteniendo, hay que ajustar los requisitos y beneficios que lleva aparejados la Ley a las necesidades reales de la mujeres agrarias para mejorar su alcance.




1 comentario:

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